FLOMOSOFT


Digitaliza tu negocio con las ayudas Fondos Europeos Next Generation EU
En Flomosoft, te ayudamos a encontrar las soluciones digitales que tu empresa necesita, asesorándote y realizando los trámites necesarios.

Flomosoft ha sido elegida por el Gobierno para ayudar a las empresas en su digitalización, y queremos estar a tu lado, con el compromiso de:

Asesorarte

  • Asesorarte en la elección de las soluciones más adecuadas.
  • Realizar todos los trámites

  • Ayudarte a realizar todos los trámites necesarios
  • Implementar la solución

  • Implementar la solución y formar a tus empleados
  • Con el objetivo de ayudar a los estados miembros de la Unión Europea a afrontar la crisis económica causada por el Covid-19, la Unión Europea ha creado los Fondos Europeos “Next Generation EU”, que representan un ambicioso proyecto de inversión para construir una Europa más sostenible, digital y resiliente. Mejor adaptada a los retos actuales y futuros. Estos fondos pretenden impulsar la recuperación y el crecimiento de económico, propiciando una modernización de la economía continental basada en dos ejes: sostenibilidad y digitalización.

    El programa de ayudas en el que se destinarán más de 3.000 millones de euros para la digitalización de empresas españolas de 1 a 49 empleados con un máximo de 12.000€ subvencionables, compuesto por 10 categorías digitales.

    Las ayudas se repartirán en 3 convocatorias con los siguientes plazos e importes máximos en subvenciones:

    Empresas de 10 a 49 empleados: hasta 12.000€ en ayudas.

    Convocatoria abierta desde el 15 de marzo

    Plazo: Hasta 6 meses desde la fecha de apertura de la convocatoria* o hasta alcanzar 500 millones de euros de esta convocatoria.
    * Computándose desde el 15 de marzo de 2022 a las 11:00h hasta el 15 de septiembre de 2022 a las 11:00h

    Empresas de 3 a 9 empleados: hasta 6.000€ en ayudas.

    Convocatoria pendiente de publicar por parte del Gobierno (prevista abril-mayo)

    Empresas de 1 a 2 empleados: hasta 2.000€ en ayudas.

    Convocatoria pendiente de publicar por parte del Gobierno (prevista antes del verano)



    Cada empresa podrá combinar las soluciones que necesite hasta alcanzar el importe máximo en función de su tamaño y los servicios podrán estar subvencionados hasta el cien por cien durante los primeros 12 meses (impuestos no incluidos).

    Para que podamos solicitar las ayudas en tu nombre, es imprescindible que realices los siguientes pasos:

    1. Autorización Flomosoft: necesitamos que nos autorices a realizar la solicitud de la subvención en tu nombre. Accede desde aquí al formulario y rellena los datos de tu empresa y el apoderado.
    2. Crear usuario en AceleraPyme completando con los datos del apoderado y de la empresa.
    3. Test de Diagnóstico Digital: un cuestionario para que conozcas tu estado de digitalización, no condiciona la concesión de la ayuda ni las soluciones que podrás elegir.

    Sitio web y Presencia en Internet

    Aumenta la visibilidad de tu negocio en Internet creando una web y estando presente en los principales directorios

    Desde 1.100 hasta 2.000 €/año (IVA no incluido)

    Gestión de Clientes

    Digitaliza y automatiza la gestión de todos tus clientes y obtén nuevas oportunidades de venta.

    Desde 2.000 hasta 4.000 €/año (IVA no incluido)

    Gestión de Procesos

    Digitaliza y automatiza tus procesos y consigue un control completo de tu negocio.

    Desde 500€ hasta 6.000€

    Inteligencia Empresarial y Analítica

    Optimiza la gestión de tu negocio accediendo a la información y a los indicadores más adecuados.

    Desde 1.300 hasta 2.300 €/año (IVA no incluido)

    Comercio Electrónico

    Creación de la tienda online o E-Commerce y alta de catálogo de productos, métodos de pago, diseño responsive, accesibilidad, posicionamiento básico en internet, etc..

    Desde 160€

    Gestión de redes sociales

    Plan Social Media, monitorización de redes sociales, optimización de la red/auditoría Social Media, gestión de una red social, publicación de posts semanales.

    Desde 160€

    Comunicaciones Seguras

    SSL, cifrado de extremo a extremo, Logs de conexión, control de acceso, dispositivos móviles.

    Desde 125€

    Ciberseguridad

    Antimalware, Antispyware, Correo seguro, Navegación segura.

    Desde 125€

    Presencia Avanzada en Internet

    Posicionamiento básico en internet, Análisis de palabras clave, Análisis de la competencia, SEO On-Page, SEO Off-Page, Informes mensuales de seguimiento.

    Desde 160€

    Noticias del día

    Estaban previstas para finales de julio. Pero será ahora cuando las ayudas del Kit Digital para empresas de entre 3 y 10 trabajadores se podrán solicitar desde el próximo 2 de septiembre, que está dotado con 500 millones de euros ampliables.
    Cómo realizar la solicitud del Kit Digital
    Lo cierto es que es importante que las pequeñas empresas tengan muy claro en qué áreas es más rentable para ellas mejorar y cómo invertir las ayudas que puedan recibir. El primer paso es realizar la solicitud.
    Para ello es necesario realizar un test previo que nos dará una idea del estado de digitalización de nuestra empresa. Tenemos que registrarnos en el programa Acelera Pyme y realizar el test de autodiagnóstico.
    A partir de aquí, si cumplimos todos los requisitos, es decir, ser empresas de entre tres y menos de diez empleados, estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, aportando los correspondientes certificados, o no tener la consideración de empresa en crisis, entre las más importantes.
    Para acceder a la tramitación vamos a necesitar disponer de certificado digital o estar de alta en el sistema Cl@ve. Si no estamos de alta en Red.es, tendremos que completar la información del formulario para posteriormente comenzar con la solicitud.
    También es posible que la solicitud del Kit Digital la realice por nosotros un representante voluntario, para lo cual tendremos que realizar una autorización para que lo haga en nuestro nombre
    A partir de aquí se elige agente digitalizador y se realiza la solicitud. Hay que tener en cuenta que la empresa no recibe el dinero, sino que el pago se realiza al agente digitalizador que se encarga de ejecutar el trabajo o prestar el servicio.
    La empresa tendrá que hacerse cargo del pago del IVA de la factura que presente el Agente Digitalizador, ya que dichos impuestos no se cubren por la ayuda.


    Ayudas a familias y trabajadores:
    • Bonificación precio productos energéticos (Capítulo VI): Se promueve una rebaja de 0,20 euros por litro de combustible repostado, entre ellos, gasóleo, gasolina, gas y adblue. Tal como indica el artículo 15, serán beneficiarios de esta bonificación las personas y entidades que adquieran los productos a que se refiere el apartado 3, siempre que los adquieran, entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2022, ambos incluidos, a los colaboradores en la gestión de esta bonificación. Los colaboradores quienes ostenten la titularidad de los derechos de explotación de las instalaciones de suministro de combustible y carburantes al por menor, así como las empresas que realicen ventas directas a los consumidores finales de los productos objeto de la bonificación, de acuerdo con los artículos 16 y 17, podrán solicitar la devolución de las bonificaciones efectuadas a la Administración competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria en los términos que indica el RDL. En particular, el colaborador presentará mensualmente, en los primeros 15 días naturales de los meses de mayo, junio y julio de 2022, una solicitud de devolución de las bonificaciones efectuadas en el mes anterior, por el importe que resulte de aplicar el descuento al volumen de litros o kilogramos, según corresponda, que haya suministrado a los consumidores finales en el periodo de referencia. Así mismo, también se dispone que se podrá solicitar un anticipo a cuenta, por el importe máximo de la bonificación que, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 15, corresponde al 90% del volumen medio mensual de productos incluidos en el ámbito objetivo de esta bonificación;


    •Despido objetivo (Capítulo IV): De acuerdo con el artículo 44, en aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente real decreto-ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022. El incumplimiento de esta obligación conlleva el reintegro de la ayuda recibida. Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.


    Ayudas para el sector agrario y pesquero


    • Ayudas a sectores agrarios (artículo 33). Estas ayudas ascenderán a un montante máximo de 193.470.759,00 euros, de los que la Comisión Europea, mediante el citado Reglamento delegado, ha concedido 64.490.253,00 euros a España. Esta cuantía será complementada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado con 128.980.506,00 euros de acuerdo a la potestad que dicho Reglamento otorga a los Estados Miembros en su artículo 2. Podrán beneficiarse de estas ayudas excepcionales quienes sean titulares de explotaciones agrarias de los sectores que se determinen mediante un real decreto, que establecerá asimismo las condiciones de elegibilidad e importes unitarios correspondientes. Las solicitudes se presentarán ante los órganos competentes de las comunidades autónomas en los plazos que en dicho real decreto se establezcan. Los pagos a los beneficiarios se realizarán por los órganos competentes de las comunidades autónomas antes del 30 de septiembre de 2022, conforme a lo previsto en el apartado 5 del artículo 1 del Reglamento 2022/467.
    Ayudas al sector pesquero (artículo 34). Con el objeto de cubrir los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción de cada buque que hayan sido asumidos por los armadores de los buques durante el periodo comprendido entre el 24 de febrero de 2022 y el 30 de junio de 2022, se concederá una ayuda, en régimen de concesión directa. La ayuda constará de dos partes: a) Junto con la solicitud de la ayuda se presentará un primer certificado de auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), que refleja la media del valor en euros de los costes de producción financiables asumidos en el período de referencia (del 24 de febrero al 30 de junio) durante los años 2019, 2020 y 2021, y que se corresponderá con la ayuda máxima a percibir; b) Una vez finalizado el periodo de referencia del 2022 (del 24 de febrero al 30 de junio), se presentará un segundo certificado de auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), que refleja la diferencia entre el valor en euros de los costes de producción financiables asumidos en dicho período de referencia del 2022 y el valor medio en euros de los costes de producción financiables asumidos en el periodo de referencia durante 2019, 2020 y 2021. A tal diferencia se le descontará el anticipo ya percibido, dando como resultado el importe del último pago a percibir;

    Ayudas al sector de la acuicultura (artículo 35). Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las empresas acuícolas inscritas en el REGA y las que cumplan los requisitos específicos que establezca la convocatoria. Se entiende por empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera de las fases de explotación, cría, cultivo o reproducción situados en zonas terrestres, marítimo-terrestres o marítimas en territorio español. El procedimiento de solicitud, a grandes rasgos, es el mismo que para el sector pesquero, siendo necesario los certificados del auditor.


    Ayudas a la industria electrointensiva y gasintensiva


    •Ayudas a la industria electrointensiva (artículo 1). Con efectos desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, se aplicará un mecanismo de apoyo a la industria electrointensiva —consumidores que cuenten con el certificado de consumidor electrointensivo a que hace referencia el capítulo II del Real Decreto 1106/2020—, consistente en una reducción en la factura eléctrica del 80 por ciento del coste correspondiente a los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad aplicables en cada momento;
    Medidas de apoyo a la industria de gas intensiva (artículo 3). Se aprueba una línea de ayudas directas a la industria intensiva en consumo de gas, correspondientes a 2022, para paliar el efecto perjudicial del incremento del coste del gas ocasionado por la invasión de Ucrania y las sanciones impuestas a Rusia por su causa. Los beneficiarios de estas ayudas serán las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica o autónomos, que tengan domicilio fiscal en territorio español, que hayan realizado durante 2021 al menos una de las actividades previstas en los siguientes Códigos CNAE y continúen en su ejercicio en el momento de la solicitud (171.Fabricación de pasta papelera, papel y cartón; 206. Fabricación de fibras artificiales y sintéticas;

    231.Fabricación de vidrio y productos de vidrio; 232.Fabricación de otros productos cerámicos refractarios; y 233. Fabricación de productos cerámicos para la construcción). El importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados, con una cuantía máxima de 400.000 euros;

    Ponerse en contacto

    El equipo de soporte están las 24 horas del día, los 7 días de la semana, están aquí para ayudarlo y asegurarse de que nuestro producto esté actualizado.

    En Flomosoft te asesoramos para que encuentres la Solución que tu empresa necesita, la implantamos en tu Negocio y realizamos los trámites por ti para recibir las Ayudas.

    Preguntas frecuentes

    Dentro de los fondos Next Generation UE se han definido varios programas para apoyar la transformación digital de los Autónomos y Pymes de hasta 50 empleados, siendo el Kit Digital el de mayor dotación económica. El pasado 30 de Diciembre del 2021 se ha publicado el reglamento de este plan de ayuda.
    La solicitud de las ayudas se llevará a cabo en una ventanilla única habilitada por parte del Gobierno, a través de una página web que servirá para tramitar las solicitudes.

    Esta web de tramitación será la de Acelera Pyme.

    El plazo para presentar las solicitudes de las empresas de 10 a 49 empleados se inicia el 15 de marzo a través de la sede electrónica de Red.es y estará abierto durante seis meses o hasta que se acaben los fondos. Pocos meses después se abrirán las convocatorias para las empresas de menos de 10 trabajadores.

    Sí, tu empresa deberá cumplir con los siguientes requisitos:
    - Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo según límites financieros y empleados/as que las definen.
    - Estar en situación de alta.
    - No ser una empresa en crisis.
    - Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.
    - No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
    - No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
    - No tener otras ayudas anteriores consideradas de minimis por importe superior a 200.000€ en los últimos 3 años.
    - También es importante que dispongas de certificado electrónico válido activo, porque lo necesitarás para realizar cualquier trámite.

    Durante los primeros 12 meses.

    No, ya que los impuestos no son subvencionables.

    1. Representante Voluntario

    - Tramitación del bono de ayudas: Una vez nos autorices para ser tu representante voluntario, comenzaremos a ayudarte en la gestión de los trámites necesarios para la obtención de las ayudas.

    - Asesoramiento: Te ayudaremos a elegir, en base a tus necesidades, las soluciones que más valor tengan para tu empresa.

    2. Agente Digitalizador: Nos encargaremos de la implantación de las soluciones elegidas y de darte soporte y ayuda siempre que lo necesites.

    Se pueden contratar las soluciones digitales que uno quiera.

    A partir de 15 días después de haber llevado a cabo la solicitud de la misma.

    Una vez concedida la ayuda tendrás que firmar un contrato y un acuerdo de prestación de soluciones digitales con Flomosoft.

    Una vez se ha adquirido la solución o soluciones, el Agente Digitalizador las implantará, como máximo, en 3 meses.

    Los fondos Next Generation UE se distribuyen entre los 27 países miembros de la Unión Europea en dos tramos: un 70% sobre indicadores económicos anteriores a la emergencia sanitaria y un 30% que se decidirá en 2022 con los datos que reflejen la evolución económica entre 2020 y 2022. La Unión Europea ha asignado a esta iniciativa un total de 807 mil M€. España es el país de la UE que mayor cantidad de fondos va a recibir con un total cercano a 150 mil M€. Su objetivo apoyar la recuperación de la economía tras la crisis del Covid 19.